caja-de-ahorro

Caja de Ahorros

Es el contrato por el cual una persona natural o jurídica, denominada ahorrista, entrega a la Cooperativa para el efecto, importes de dinero con plazo indeterminado, pudiendo el ahorrista hacer depósitos sucesivos y retirar fondos de su Cuenta de Caja de Ahorro en sujeción a lo establecido en el Código de Comercio.

Constitución

Es cuenta individual, aquella caja de ahorros a nombre y orden de un (1) sólo ahorrista, en cuyo caso los depósitos podrán ser efectuados de manera personal o por terceras personas, sin embargo los retiros serán efectuados en forma PERSONAL, con la presentación de la respectiva Cedula de Identidad vigente, salvo el caso en que intervenga un apoderado en representación del ahorrista mediante poder especial otorgado por ante Notaría de Fe Pública, anexando copia de dicho documento al file personal del ahorrista, previa verificación y visto bueno del Departamento Legal de la Cooperativa.
Es cuenta Mancomunada o Conjunta, aquella caja de ahorros a nombre y orden de dos (2) o más ahorristas, en cuyo caso los depósitos podrán ser efectuados de manera personal o por terceras personas; sin embargo los retiros serán efectuados mediante comprobante firmado por todos los titulares de la cuenta, con la presentación de sus Cédulas de Identidad vigentes o para situaciones de representación, mediante la presentación de poder notarial específico para este efecto, anexando copia de dicho documento a la carpeta personal del ahorrista, previa verificación y visto bueno del Departamento Legal de la Cooperativa. En este tipo de cuenta, ninguno de los titulares, individualmente considerados, podrá ejercer tales derechos sino es con la intervención de los restantes titulares. Asimismo, las responsabilidades serán solidarias. Si alguno de los ahorristas requiere incluir en la cuenta el nombre de otra persona, podrá hacerlo previa solicitud escrita y firmada por todos los titulares. Ninguno de los titulares podrá sin el consentimiento de todos, excluir de la cuenta, el nombre de una segunda o tercera persona.
Es cuenta Alterna o indistinta, aquella caja de ahorro registrada a nombre de dos (2) o más ahorristas en cuyo caso los depósitos podrán ser efectuados de manera personal o por terceras personas, sin embargo los retiros serán efectuados únicamente por cualquiera de las personas asignadas en la cuenta, con la presentación de la respectiva Cedula de Identidad vigente, aún en los casos de fallecimiento o incapacidad sobreviviente de los demás, siempre que no medie orden judicial en contrario. Cualquiera de los titulares por sí sólo y sin necesidad de la intervención de los restantes titulares, podrá disponer de los fondos de la cuenta, pero las responsabilidades serán solidarias. Si alguno de los ahorristas requiere incluir a su cuenta el nombre de otra persona, podrá hacerlo previa solicitud escrita y firmada por todos los titulares. Ninguno de los titulares podrá sin el consentimiento de todos, excluir de la cuenta, el nombre de una segunda o tercera persona.

Beneficios

a) El ahorro constituido en cajas de ahorro está bien resguardado.
b) El ahorro constituido en cajas de ahorro está a disposición del ahorrista en el momento que éste lo requiera.
c) El ahorro constituido en caja de ahorro gana buenos intereses, superiores a los que se lograría de manera individual.

Requisitos

Requisitos Generales
  • Suscribir el contrato de caja de ahorro
  • Efectuar la apertura de su cuenta con un mínimo de 5,00.- Dólares Estadounidenses en Moneda Extranjera o 50 Bolivianos en Moneda Nacional.
  • Presentar y llenar la siguiente documentación.
  1. Carta firmada de solicitud de apertura de caja de ahorro (debe indicar el propósito y el carácter de la caja de ahorro).
  2. Original y fotocopia(s) del Documento de identificación vigente (Cédula de Identidad, Cédula de Identidad de Extranjero o Documento Especial de Identificación)
  3. Fotocopia legalizada y/o certificación del NIT por el SIN, cuando corresponda.
  4. Registro de firmas.
  5. Llenar y firmar el formulario de Apertura de Cuenta de Cajas de Ahorro y de relevamiento de datos.
  6. Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital, cuando corresponda.
  7. Fotocopia simple de aviso de cobranza de luz o agua, cuando corresponda (antigüedad 90 días).
  8. Croquis de ubicación domiciliaria y laboral.
  1. Carta de solicitud de apertura de la cuenta de caja de ahorro y de autorización de manejo de recursos. (debe indicar el propósito y el carácter de la caja de ahorro, actividad principal de la persona jurídica, domicilio de oficina principal y sucursales).
  2. Fotocopia legalizada de la Personería Jurídica (si la tuviera).
  3. Escritura de constitución social, Resolución u otro documento equivalente que acredite la personalidad jurídica.
  4. Fotocopia legalizada y/o certificación del NIT por el SIN, cuando corresponda.
  5. Fotocopia legalizada del acta de conformación del Directorio y del Poder de Administración de firmas autorizadas para el manejo de la cuenta de caja de ahorro.
  6. Fotocopia legalizada del acta de conformación del directorio y del acta de designación de firmas autorizadas para el manejo de cuentas de caja de ahorro.
  7. Estatutos vigentes y debidamente aprobados y con las formalidades de Ley, en los casos que corresponda.
  8. Documentos de Identificación de los apoderados o representantes
  9. Llenar y firmar el formulario de Apertura de Cuentas de Cajas de Ahorro de relevamiento de datos.
  10. Registro de firmas.
  11. Poderes de administración inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia, cuando corresponda o copias legalizadas de las Actas de designación y posesión de sus representantes, en lo pertinente.
  12. Fotocopia simple de aviso de cobranza de luz o agua, cuando corresponda (antigüedad 90 días).
  13. Croquis de ubicación domiciliaria y laboral.

La documentación legal supra citada, necesariamente será revisada y validada por el área legal de la Cooperativa.

  • Original y fotocopia vigente de la Cédula de Identidad, del menor de edad.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del padre, madre o tutor.
  1. Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del titular y del curador
  2. Fotocopia de la documental que acredita al curador (testimonio de las piezas principales del expediente: Sentencia y otros) si corresponde.

Cuando alguno de los consumidores financieros no pudiera firmar, imprimirá sus huellas digitales y firmarán a su ruego dos testigos, los que pueden ser familiares,  o, en su defecto dará fe un notario público. En uno y otro caso, se hará constar la numeración y lugar de las respectivas cédulas de identidad.